El mejor plan de Igualdad para tu empresa

Obligatoriedad y recomendación

Si eres empresa debes estar al corriente de todo lo relacionado con el plan die igualdad de tu compañía

El mejor plan de Igualdad para tu empresa

Obligatoriedad y recomendación

Si eres empresa debes estar al corriente de todo lo relacionado con el plan die igualdad de tu compañía

El Plan de Igualdad en la empresa

Obligatoriedad y recomendación

Servicio altamente especializado en implantación de Planes de Igualdad para empresa
Servicio ofrecido por SNL GROUP

Un plan de igualdad es un sistema de gestión en el que se recogen políticas internas de la organización, las áreas de mejora detectadas (Diagnóstico de Igualdad), el plan de medidas para subsanarlas (Informe de igualdad), los diferentes protocolos de actuación y la metodología para el seguimiento del plan. Todo ello con el objetivo de conseguir la igualdad de trato entre hombres y mujeres y evitar la discriminación.

Si las organizaciones no cumplen con las obligaciones en en materia de planes de igualdad se exponen a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo. Sanciones valoradas entre 751€ a 7.500€ (Ley 10/2021, última actualización del Real Decreto Legislativo 5/2000).

La mejor decisión es realizar el Plan de Igualdad con SNL

Fases para implantar correctamente tu Plan de Igualdad en la empresa.

  • Conocer la actividad y el sector de la empresa: número de sedes, trabajadores, centros de trabajo, organigrama, etc.
  • Comunicación a los mandos intermedios y la dirección departamental de la puesta en marcha del Plan.
  • Comunicación a la RLT de la puesta en marcha del Plan. Creación y puesta en marcha de la Comisión Negociadora.
  • Designación, nombramiento y formación de los agentes de igualdad.
  • Comunicación a todas las personas trabajadoras de la voluntad de la dirección General de realizar e implantar un Plan de Igualdad.
  • Toma de datos cuantitativos (registro retributivo, valoración de puestos de trabajo, auditorías salariales, etc) y cualitativos para la confección del diagnóstico de igualdad.
  • Presentación, discusión y negociación del diagnóstico de igualdad.
  • Implantación de los diferentes procedimientos de trabajo (Protocolo de acoso, selección y contratación, trabajadores especialmente sensibles, etc).
  • Planteamiento y ejecución de acciones formativas.
  • Presentación, discusión y negociación del informe del Plan de igualdad.
  • Registro del Plan en REGCON.
  • Seguimiento periódico del Plan

Auditoría Salarial

La importancia de la herramienta para negociar y desarrollar los planes de forma más eficiente

El artículo 7 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres; obliga a las empresas que deben elaborar e implantar un Plan de Igualdad, empresas de más de 50 empleados, a incluir la auditoría retributiva en el mismo documento.

Las auditorías retributivas deben contemplar tres apartados básicos:

a) La información retributiva de la empresa, es decir el registro retributivo desarrollado en los artículos 5 y 6 del mismo real Decreto 902/2020,

b) La valoración de puestos de trabajo para conseguir la igualdad retributiva por trabajo para igual valor, es decir el artículo 4 del Real Decreto 902/2020 y

c) Un plan de acción para la corrección de las desigualdades detectadas en los informes de registro retributivo y valoración de puestos de trabajo.

Desde que SNL Consulting empezó a asesor a sus clientes en igualdad, siempre incluyó las auditorías retributivas en el seno de los planes de igualdad, ofreciendo una herramienta de decisión a las organizaciones para negociar y desarrollar de forma más eficiente sus planes.

Preguntas frecuentes sobre Plan de Igualdad

No te quedes con ninguna duda

Tu empresa necesita un plan de Igualdad totalmente adaptado a tu compañía

Porque no todas las empresas son iguales, ni los sectores en los que se trabaja. EN SNL Group, mediante su división SNL Igualdad, estudiaremos tu empresa de forma totalmente personalizada, para que tenga la seguridad de que cumple con la normativa vigente.

En SNL nunca le abandonaremos, siempre estaremos a tu disposición para actualizar tu Plan de Igualdad o para responderle todas las dudas que pueda tener.

 

¿Qué es un plan de igualdad?

Un plan de igualdad es un sistema de gestión en el que se recogen políticas internas de la organización, las áreas de mejora detectadas (Diagnóstico de Igualdad), el plan de medidas para subsanarlas (Informe de igualdad), los diferentes protocolos de actuación y la metodología para el seguimiento del plan. Todo ello con el objetivo de conseguir la igualdad de trato entre hombres y mujeres y evitar la discriminación.

Todo el proceso de implantación y registro del Plan de Igualdad ha de ser negociado con la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) en el seno de la Comisión Negociadora. Igual que el Registro Retributivo, obligatorio para todas las empresas independientemente del número de empleados que tenga.

A partir de marzo del 2022, todas las empresas que cuenten con más de 50 empleados (cualquiera que sea su forma de contratación incluidos los trabajadores de ETT) deben tener registrado su Plan de Igualdad en el sistema REGCON.

¿Qué pasa si no tengo implantado el Plan de Igualdad?

Si las organizaciones no cumplen con las obligaciones en en materia de planes de igualdad se exponen a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo. Sanciones valoradas entre 751€ a 7.500€ (Ley 10/2021, última actualización del Real Decreto Legislativo 5/2000). Hay que recordar que la Inspección de Trabajo no necesita visitar el centro de trabajo para obtener la información del número de trabajadores y los datos del registro del plan de igualdad en REGCON.

¿Contratando el Plan de Igualdad a través de una plataforma vía online, cumplo?

Existen muchas empresas que asesoran en la implantación del Plan de Igualdad a través de plataformas sin casi contacto con el cliente. Nuestra experiencia en la implantación de Planes de Igualdad nos dice que la complejidad en la elaboración, negociación e implantación del Plan de Igualdad requiere de profesionales formados con experiencia, que acompañen a las empresas en todos los procesos de su implantación. El acompañamiento de los profesionales de SNL Group es el valor diferencial con respecto a la contratación vía plataformas.

¿Por qué contratar a SNL Consulting?

Nuestro objetivo es asesoras a las empresas sobre el obligado cumplimiento de las diferentes normativas legales y establecer una relación a largo plazo. Si no podemos realizar lo que nos pides, no lo haremos. Si trabajamos juntos podrás dedicar tus esfuerzos a tu negocio mientras nosotros te ayudamos en el tema legal.

¿Cuáles son las fases en la implantación de un Plan de Igualdad?

SNL Group tiene una metodología propia en el proceso de implantación de un Plan de Igualdad de forma que se cumplan las diferentes normativas vigentes. Las diferentes fases que siguen los consultores técnicos de SNL Group son las siguientes:

  1. Conocer la actividad y el sector de la empresa: número de sedes, trabajadores, centros de trabajo, organigrama, etc.
  2. Comunicación a los mandos intermedios y la dirección departamental de la puesta en marcha del Plan.
  3. Comunicación a la RLT de la puesta en marcha del Plan. Creación y puesta en marcha de la Comisión Negociadora.
  4. Designación, nombramiento y formación de los agentes de igualdad.
  5. Comunicación a todas las personas trabajadoras de la voluntad de la dirección General de realizar e implantar un Plan de Igualdad.
  6. Toma de datos cuantitativos (registro retributivo, valoración de puestos de trabajo, auditorías salariales, etc) y cualitativos para la confección del diagnóstico de igualdad.
  7. Presentación, discusión y negociación del diagnóstico de igualdad.
  8. Implantación de los diferentes procedimientos de trabajo (Protocolo de acoso, selección y contratación, trabajadores especialmente sensibles, etc).
  9. Planteamiento y ejecución de acciones formativas.
  10. Presentación, discusión y negociación del informe del Plan de igualdad.
  11. Registro del Plan en REGCON.
  12. Seguimiento periódico del Plan.
¿Debo hacer formación obligatoria a los trabajadores?

La formación en igualdad de oportunidades no es obligatoria, aunque teniendo en cuenta la amplitud del proceso de implantación del plan de igualdad, es muy recomendable.

SNL Group, a través de SNL Training, es capaz de impartir las distintas formaciones de igualdad de oportunidades en formato presencial, aula virtual o con plataforma online.

Qué formaciones requieren las organizaciones en el proceso de implantación de un plan de igualdad:
  • Formación en implantación de planes de igualdad para el Agente de Igualdad.
  • Mediador en situaciones de ascoso sexual para el Agente de Igualdad.
  • Formación generalista sobre igualdad de oportunidades para los miembros de la comisión negociadora.
  • Actuaciones frente al acoso sexual para todos los empleados de la empresa.
  • Comunicación con perspectiva de género para el equipo de marketing.
  • Igualdad retributiva para el departamento de recursos humanos.

 

Fases implantación Plan de Igualdad

Resumen de los pasos a seguir para ejecutar un plan de Igualdad en la empresa

 

Contacto con SNL Group

Contacta con nosotros y estudiaremos tu caso específicamente, no todas las empresas ni sectores son iguales y damos un trato personalizado.

Diseño y elaboración Plan de Igualdad

Una vez conocemos tu empresa, y obtenemos toda la documentación necesaria, nos disponemos al diseño del Plan de Igualdad ideal para ti.

Ejecución Plan de Igualdad

La ejecución del Plan consiste en llevar a la práctica todo el diseño previo e implicar a todos los actores necesarios en la empresa.

Formación del personal

Formaremos a tu personal para que tenga la seguridad de estar cumpliendo con la normativa vigente, pero nosotros siempre estaremos ahí.

Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo

La implantación de un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo es una obligación legal de todas las empresas que tienen trabajadores en plantilla, independientemente del número de empleados. Obligación contemplada en la Ley Orgánica 3/2007 y ratificada en el Real Decreto 901/2020. El mismo Real Decreto 9001/2020 dedica todo un apartado 7 del Anexo a describir los diferentes pasos que ha de contemplar el Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo que se implante en la empresa.

 

Muchos trabajadores y trabajadoras no denuncian situaciones de acoso sexual por miedo a perder su puesto de trabajo. Situaciones que se dilatan en el tiempo y generan pérdidas económicas por bajas laborales, descrédito empresarial y, por último, posibilidades de denuncia ante las autoridades.

 

SNL Consulting realiza la implantación del protocolo de acoso sexual en la empresa, empezando por la designación y formación de la figura del Agente de Igualdad, publicando la política de igualdad de la organización e informando a todas las personas trabajadoras del alcance del protocolo.

Registro Retributivo

Con la publicación del la Ley del Estatuto de los Trabajadores en el año 2015, se contemplaba la obligación por parte de las empresas de llevar un registro retributivo con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales, disgregados por sexos y por categorías profesionales y puestos de trabajo.

Con la aprobación del Real Decreto 902/2020, esta obligación se establece de carácter anual para todas las empresas independientemente del número de personas trabajadoras, incluyendo los promedios y las medianas de todos los conceptos del registro.

El registro retributivo informa a la empresa de la existencia no de brechas salariales para los diferentes puestos de trabajo y sobre todo, establece las medidas correctoras parar subsanarlas en el apartado de conclusiones.

Desde que SNL Consulting empezó a asesorar a sus clientes incluyó las auditorías retributivas y las valoraciones de puestos de trabajo en la implantación de los planes de igualdad. Esta situación ha conferido una ventaja estratégica en la consultoría de igualdad una vez aprobada la normativa en el 2020.

Sistema de Valoración de puestos de Trabajo para la igualdad retributiva entre hombres y mujeres

El Real Decreto 902/2020 obliga a todas las empresas independientemente del número de trabajadores a retribuir de forma igualitaria por un trabajo de igual valor a las personas trabajadoras. Esta obligación también se desprende del redactado del Estatuto de los Trabajadores del año 2015.

SNL Consulting entiende la valoración de puestos de trabajo para la igualdad retributiva como la base para la confección de un registro retributivo y detectar la existencia o no de brechas salariales en los diferentes puestos de trabajo, de forma que el sistema de valoración de puestos se realiza de forma conjunta. Pero a diferencia del registro retributivo, no se revisa de forma anual.

Desde que SNL Consulting empezó a asesorar a sus clientes incluyó las auditorías retributivas y las valoraciones de puestos de trabajo en la implantación de los planes de igualdad. Esta situación ha conferido una ventaja estratégica en la consultoría de igualdad una vez aprobada la normativa en el 2020.

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